Contenidos
·
Centros de Atención a Disminuidos (CAD)
· La Calificación del Grado de Disminución
· Servicios de Apoyo para la Integración
Laboral de Personas con Discapacidad Física
· Prestaciones Económicas y Exenciones
· Transporte
· Teléfonos y otras Direcciones de Interés
(Información
recopilada en Julio de 2001 por la Fundación Instituto Guttman
y facilitada por la Consellerìa de Benestar i Familia en
Febrero de 2002)
CENTROS DE ATENCIÓN A DISMINUIDOS (CAD).
La atención individualizada a las personas disminuidas tiene
por objeto dar respuesta a las necesidades y demandas de aquellas
personas que padecen una deficiencia, discapacidad o disminución
de tipo físico, psíquico (deficiencia mental o enfermedad
mental) o sensorial.
Esta
atención individualizada se realiza en Catalunya, mediante
la red de Centros de Atención a Disminuidos (CAD), atendiendo
al criterio de ámbito territorial, edad y tipo de discapacidad.
La
persona disminuida puede solicitar del CAD los siguientes servicios:
-
Información y orientación sobre la situación
de discapacidad.
-
Valoración de la discapacidad y expedición del certificado
correspondiente, así como, según los casos, certificar
la necesidad de contar con:
persona
para asistencia.
vivienda adaptada.
acompañante para transporte.
baremo de movilidad reducida.
-
Orientación socio-laboral y profesional.
RED
DE CENTROS DE ATENCIÓN A DISMINUIDOS EN CATALUÑA.
CAD
BADAL
Dirección: c/ Badal, 102, Barcelona 08014
Teléfono: 93 331 21 62
Zona de influencia: Barcelona ciudad, distritos municipales del
1 al 10. Municipios de Hospitalet del Llobregat, Sant Just Desvern
y Espulgues de Llobregat, Comarcas del Vallés Oriental. Garraf,
Baix Llobregat, Osona, Anoia y Alt Penedès. Ámbito
de actuación: Adultos. Información, orientación
y valoración de discapacidades físicas, psíquicas
o sensoriales.
CAD
BADALONA
Dirección: Av. Marqués de Mont-roig, 58-62, Badalona
08902
Teléfono: 93 387 41 08
CAD
TERRASSA
Dirección: Prat de la Riba, 30-32, Terrassa 08222
Teléfono: 93 785 83 00
CAD
GIRONA
Dirección: Emili Graït, 2, Girona 17001
Teléfono: 972 48 60 60
CAD
LLEIDA
Dirección: Av. Segre, 5, Lleida 25007
Teléfono: 973 24 41 00
CAD
TARRAGONA
Dirección: Av. Andorra, 9, bajos, Tarragona 43002
Teléfono: 977 21 34 71
COMO TRAMITAR EL GRADO DE DISMINUCIÓN.
-
La calificación solo se otorga a aquellos afectados cuya
disminución supere el 33% del baremo establecido por la normativa.
-
Debe recogerse y presentar el impreso de solicitud correspondiente
en el “Centre d’Atenció a Disminuits” (CAD)
del I.C.A.S.S., o en las oficinas de Benestar Social, adjuntando
una fotocopia del D.N.I. del interesado y en su caso, el de la persona
que lo representa.
- El CAD enviará una carta al solicitante, citándole
para valorar el grado de disminución, expresado en porcentaje.
-
La notificación original debe conservarse en poder del interesado.
En el caso de que resulte necesario para la realización de
algún trámite, se entregará una fotocopia del
mismo.
-
En caso de pérdida, puede solicitarse un duplicado al CAD
correspondiente. Si por mejoría o agravamiento se necesita
una actualización del grado de discapacidad, se solicitará
una revisión del mismo mediante un impreso específico
facilitado por el CAD y/o por las oficinas de Benestar Social.
LA
CALIFICACIÓN DEL GRADO DE DISMINUCIÓN.
La
calificación del grado de disminución es determinada
por los CAD, los cuales emiten un Certificado de Valoración
del grado de disminución, documento necesario para realizar
los siguientes trámites:
1.
Exenciones de diversos impuestos.
1.1 Reducción del impuesto de sucesiones.
1.2 Exención del impuesto de primera matriculación
(13%) definitiva de los vehículos automóviles matriculados
a nombre de personas con disminución (oficialmente reconocida).
1.3 Exención del impuesto de circulación en los vehículos
conducidos por la persona con discapacidad y que no superen los
14 ó 17CV de potencia fiscal, según el % de discapacidad.
1.4 Desgravación en el I.R.P.F. (Declaración de la
Renta).
1.5 Otros impuestos municipales, que pueden variar según
cada Ayuntamiento.
2.
Solicitud de prestaciones económicas.
2.1 Prestaciones familiares por hijo a cargo.
2.2 Subsidio de movilidad de la Ley de Integración Social
de Minusválidos (LISMI).
2.3 Pensiones no contributivas por invalidez.
2.4 Programa de “Ayudas de Atención Social”,
no periódicas del I.C.A.S.S., para adaptación de la
vivienda, ayudas técnicas, adquisición y adaptación
de vehículos, asistencia domiciliaria...
3.
Solicitud de plaza en residencia asistida y centro ocupacional.
Se ha de efectuar en los servicios para discapacitados físicos
subvencionados con fondos públicos. Solicitudes: I.C.A.S.S.
(IMSERSO en otras CC. AA.).
4. Movilidad.
Tarjeta de permisividad en el estacionamiento de automóviles.
(Se tramita ante el Ayuntamiento del lugar de residencia).
5.
Trabajo.
5.1 Certificado de aptitud para optar a la oferta de plazas de trabajo
reservadas para minusválidos, ya sea en la empresa privada
o en la Administración Pública.
5.2 Ayudas otorgadas para creación y mantenimiento de puestos
de trabajo destinados a personas con discapacidad.
6.
Otros trámites.
Para acreditar la situación de discapacidad ante otros organismos
y servicios.
APOYO
PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Estos servicios de apoyo son servicios especializados que tienen
como objetivo la integración de las personas con algún
grado de discapacidad en el sistema laboral. Su actuación
se efectúa en los siguientes ámbitos: valoración,
información y orientación profesional; promoción
de la formación, programas individuales de animación,
seguimiento y apoyo a la integración laboral, asesoramiento
legal...
IMD
(EQUIPO DE ASESORAMIENTO LABORAL)
Av. Diagonal, 233, (cantonada C/ Padilla)
Tel. 93 413 28 39
Barcelona
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL FEDERACIÓN ECOM
Tel. 93 451 55 50
Gran Via, 562, Pral. 2ª
Barcelona
FTC
(FUNDACIÓN TALLERES DE CATALUÑA)
Gran Via , 562, Entl.
Tel. 93 451 36 30
Barcelona
FUNDOSA
(FUNDACIÓN ONCE)
Enric Granados, 86-88, 5ª Planta
Tel. 93 238 49 49
Barcelona
FEM
C/ Tamarit, 104, Entl.
93 228 96 99
Barcelona
FECETC
C/ Pere Vergés, 1, Planta ll, Despatx 14
(Hotel d’Entitats) Barri La Pau
Tel. 93 314 00 56
Barcelona
FUNDACIÓN
ADECCO PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL
C/ Llacuna, 161,
Tel. 485 65 65
www.fundacionadecco.es
Barcelona
WORK
POINT (Sra. Olga Alcalá)
C/ Provença, 267-269, Pral.
93 215 05 05
Barcelona
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL DE L’HOSPITALET
C/ Santiago de Compostela, 10-12,
Tel. 93 338 40 92
L’Hospitalet de Llobregat
ETT
– V2 DISCAPACITAT
C/ Motors, 300-304
Tel. 93 216 29 00
L’Hospitalet de Llobregat
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL – BADALONA
Av. Martí Pujol. 86, 2º
Tel. 93 483 27 67
Badalona
AFEMS
Torrent Santa Anna, 14
Tel. 93 752 26 97
Premiá de Dalt
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL
Ronda d’Onell, 94 (Edificio de las Esmendies)
Tel. 93 758 21 31
Mataró
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL JOAN GARCÍA PRIETO
Comarca de El Baix Llobregat i Garraf
C/ Francesc Layret,15, (Pol. Industrial El Plà)
Tel. 93 668 48 12
Molins de Rei
Martes, Paloma García (Técnica en Orientación)
Tel. 93 815 80 42
Vilanova
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL - FEDERACIÓN ECOM
Comarca del Alt Penedès i Garraf
Plaça de la Verema, 1,
Tel. 93 818 06 54
Vilafranca del Penedès
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL MIFAS
C/ Empúries, 31
Tel. 972 23 45 02
Girona
SOPORTE
AL TRABAJO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD TRESC
C/ Bisbe Lorenzana, 44 bis, 2º 1ª
Tel. 972 41 11 59
Girona
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL – LLEIDA ASPID
C/ Paer Casanova, s/n,
Tel. 973 22 89 80
Lleida
SERVICIO
INTEGRACIÓN LABORAL TARRACO – FEDERACIÓN ECOM
Passeig General Prim, 6 (Viver de Empreses Pau Delclós)
Tel. 977 22 85 84
Tarragona
PRESTACIONES ECONÓMICAS Y EXENCIONES.
Las personas afectadas por una discapacidad física pueden
acceder a prestaciones económicas y a la exención
de algunos impuestos, siempre que reunan los requisitos establecidos
en cada caso.
PRESTACIONES ECONÓMICAS PERIÓDICAS.
Las
prestaciones económicas periódicas vigentes son:
a)
Contributivas. Pueden recibir una pensión por incapacidad
permanente, aquellas personas que, habiendo cotizado a la Seguridad
Social, cumplan con determinados requisitos. Se gestiona ante las
Direcciones provinciales o ante las agencias del Instituto Nacional
de la Seguridad Social (INSS).
b)
No contributivas (Pensión de invalidez no contributiva).
Para aquellas personas mayores de 18 años que no puedan acogerse
a las pensiones en su modalidad contributiva y que cumplan con los
requisitos prescritos. En Centros de Atención a personas
con disminución del ICASS en Cataluña y del IMSERSO
en otras CC.AA.
PRESTACIONES ECONÓMICAS NO PERIÓDICAS.
Tienen
la finalidad de ayudar a resolver aspectos puntuales. Siempre que
se reúnan los requisitos previamente establecidos para acceder
a ellas.
a)
Convocatoria anual del Programa de ayudas de atención social
a personas con disminución (PUAD), para asistencia domiciliaria
y/o personal, ayudas técnicas, obtención o reconversión
del permiso de conducir, adquisición y adaptación
de vehículos, transporte... En Centros de Atención
a personas con disminución del ICASS en Cataluña y
del IMSERSO en otras CC.AA.
b)
Convocatoria anual del Programa para la adaptación o accesibilidad
de viviendas para personas con disminución. En Centros de
Atención a personas con disminución del ICASS en Cataluña
y del IMSERSO en otras CC.AA.
c) Ayudas económicas a cargo de la Fundación ONCE,
para necesidades puntuales (viviendas, ayudas técnicas, etc...)
siempre que estas no estén contempladas por los organismos
públicos correspondientes, o bien estándolo, hayan
sido denegadas por los organismos públicos correspondientes,
o bien estándolo, hayan sido denegadas o cubiertas parcialmente
por dichos organismos.
EXENCIONES
Las
personas con discapacidad pueden beneficiarse de la exención
o reducción en el pago de algunos impuestos (IRPF, matriculación
de vehículos automóviles, impuesto de circulación...).
Es
necesario disponer de la Calificación del Grado de Disminución
expedido por el Departamento de Bienestar Social y Familia, y asesorarse
de la normativa y de los requisitos vigentes en cada momento.
CALIFICACIÓN
DEL GRADO DE DISMINUCIÓN.
Para
acceder a las prestaciones y exenciones descritas, es necesario
disponer de la Calificación del Grado de Disminución.
Dicho documento, se obtiene como ya hemos comentado en los Centros
de Atención para personas con Discapacidad (CAD) del ICASS,
los cuales valoran la discapacidad y determinan el grado de afectación
estableciéndolo en una cifra, que en definitiva es un porcentaje.
Este
documento, también es requerido para realizar determinados
trámites (solicitud de tarjeta de estacionamiento de vehículos,
solicitud de plaza en residencias para discapacitados, acceso a
la oferta de plazas de trabajo reservadas...), así como para
acreditar la situación de discapacidad ante los diversos
organismos que proporcionan servicios.
Las
personas a las que se les haya reconocido mediante resolución
el derecho a una pensión por incapacidad permanente contributiva,
bastará que soliciten una homologación de su discapacidad
en los Centros ya mencionados.
TRANSPORTE
A. Transporte individual
1.
El permiso de conducir
Obtención
del permiso de conducir.
- Si la discapacidad no invalida las extremidades inferiores y superiores,
las personas pueden mantener o, en caso de no tenerlo, acceder al
vigente permiso de conducir clase B1, B2, C o D.
Vehículos más recomendados.
- En los casos en los que resulte afectada la movilidad de las extremidades
inferiores, los vehículos más recomendables, suelen
ser aquellos que solo poseen dos puertas laterales y que, por tanto,
disponen de asientos anteriores abatibles, lo que permite introducir
la silla de ruedas, personalmente y sin mucho esfuerzo.
- También existen vehículos que por su tamaño
y características permiten conducir o viajar como acompañante,
sentado en la propia silla de ruedas.
- Si la agilidad corporal es bastante elevada, pueden adaptarse
sin problemas a cualquier clase de vehículos.
Adaptación del vehículo.
- Los vehículos que deban ser adaptados para que puedan ser
conducidos por una persona con discapacidad, deberán pasar
la ITV.
- En esos casos es necesario presentar: permiso de circulación,
certificado médico extendido por un Centro Médico
autorizado y ficha técnica del vehículo, en la que
consten las adaptaciones realizadas.
2. Ayudas en el transporte individual para personas con discapacidad.
Exención
del impuesto de matriculación.
- Según consta en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, referida
a Impuestos Especiales, estarán exentos del impuesto (13%)
la primera matriculación definitiva de los automóviles
que se matriculen a nombre de personas con discapacidad (oficialmente
reconocida).
- Los requisitos exigidos son: que el vehículo adquirido
sea para su uso exclusivo, que no se efectúe transmisión
posterior al menos en 4 años y que haya pasado la misma cantidad
de años, como mínimo, desde la compra del anterior,
exceptuando los casos de siniestro total.
- Se tramitará a través de la Delegación de
Hacienda que corresponda al contribuyente, según donde tenga
establecido su domicilio, antes de la adquisición y matriculación
del vehículo.
Exención del Impuesto de Circulación.
Información extraída de la Hoja Informativa nº
25 del Institut Municipal de disminuïts de l’Ajuntament
de Barcelona.
El BOE nº 315 publica la Ley 13/96 de 30 de diciembre, sobre
Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modifica
el artículo 22, letra d, referido al Impuesto sobre Vehículos
de Tracción Mecánica de la Ley 39/88, por la cual
se podrán acoger a esta exención:
-
Los coches de minusválidos a los que se refiere el nº
20 del anexo del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo,
por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre el Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,
y los adaptados para su conducción por personas con disminución
física, siempre que no superen los 14 ó 17 caballos
fiscales y pertenezcan a personas minusválidas con un grado
de minusvalía inferior al 65 %, o igual o superior al 65%,
respectivamente.
-
Los vehículos con una potencia fiscal inferior a 17 caballos
fiscales destinados a turismos especiales para el transporte de
minusválidos en sillas de ruedas, bien de forma directa o
mediante su previa adaptación.
- A estos efectos se consideran personas con minusvalía aquellas
a las que se les haya reconocido esta condición legal en
grado igual o superior al 33%, de acuerdo con el baremo de la disposición
adicional segunda de la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, para la
que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
-
Para acceder a esta exención, los interesados tendrán
que justificar el destino del vehículo. Los sujetos pasivos
beneficiarios de esta exención, solo podrán disfrutarla
en un único vehículo.
- Los residentes en Barcelona ciudad, pueden dirigirse al Registro
de la Sede de Distrito que les corresponde o al Ayuntamiento de
Barcelona (entrada por Plaza Sant Miquel), presentando una instancia
– según modelo – una fotocopia del Certificado
de Disminución y documentación donde conste la adaptación
del vehículo.
-
Los residentes en otros municipios, habrán de consultar en
sus respectivos Ayuntamientos.
Estacionamiento.
Las
personas afectadas por una disminución que les impida la
utilización de los medios de transporte público, pueden
acceder a:
-
Tarjeta de aparcamiento para vehículos que transporten personas
con discapacidad.
- Reservas de estacionamiento individual.
- Anulación de multas de estacionamiento (Barcelona ciudad).
- Estacionamiento gratuito. (Barcelona ciudad).
B. Transporte Colectivo.
1.
Público.
Transporte
Colectivo Adaptado.
·
Red de transporte urbano adaptado de Barcelona (autobuses, metro..)
se va ampliando progresivamente. Información CETRAMSA Tel.
93 486 07 52
·
Servicio público de transporte puerta a puerta en Barcelona
ciudad. Es necesaria la presentación de la “Tarjeta
blanca” emitida por el Instituto Municipal de Disminuidos.
Para servicios fijos: IMD Tel. 93 413 27 75. Para servicios esporádicos:
CETRAMSA Tel. 93 486 07 52 (debe solicitarse con 24 ó 48
horas de antelación).
·
Autobuses interurbanos: Mollet – Barcelona – Caldes
de Montbui, Compañía SAGALÉS Tel. 93 231 27
56. Tres servicios diarios.
·
Ferrocarriles: FFGG Ferrocarriles de la Generalitat Tel. 93 205
15 15 y 93 302 48 16.
1.1 Tarjeta Rosa Metropolitana.
La Tarjeta Rosa Metropolitana es un servicio del Ayuntamiento de
Barcelona y la Entidad Metropolitana del Transporte, cuyo objetivo
es facilitar a las personas mayores o con algún grado de
discapacidad, que disponen de pocos recursos económicos,
el acceso a la ciudad y a otras poblaciones del área metropolitana,
a algunos de sus servicios y espacios de ocio y cultura. Pretende
ser un estímulo a la participación y a la vida ciudadana.
Ventajas
de la Tarjeta Rosa:
- Viajes gratuitos o a precio muy reducido en la red de metro y
autobuses del área metropolitana de Barcelona.
- Acceso gratuito o a precio muy reducido a museos y exposiciones
municipales.
- Acceso gratuito o a precio muy reducido al Parque Zoológico.
- Precio reducido para acceder a instalaciones deportivas municipales.
¿Quiénes pueden acceder a la Tarjeta Rosa?
Tienen derecho a esta prestación todas las personas que reúnan
las siguientes condiciones:
-
Estar empadronado en Barcelona.
- Tener más de 62 años o disponer de la Calificación
del Grado de Disminución.
- Para la gratuita, disponer de unos ingresos totales (sumando pensiones,
ayudas, rentas, etc.) iguales o inferiores al salario mínimo
interprofesional. Para la de tarifa reducida, los ingresos deberán
situarse entre el salario mínimo Interprofesional y el doble
de dicho salario.
Solicitudes:
en Barcelona, en la sede del Distrito de Barrio correspondiente.
En otros municipios del área metropolitana, dirigirse al
propio ayuntamiento. Teléfono de información 900 700
077.
1.1 Pase Metropolitano de Acompañante.
Documento que acredita a sus poseedores para utilizar los servicios
del transporte público colectivo de la Entidad Metropolitana
de Transporte (EMT) con un acompañante, sin que este último
tenga que pagar el viaje. El titular de este pase es la persona
discapacitada y el acompañante no tiene porqué ser
siempre el mismo.
-
Se ha de acreditar mediante un certificado del ICASS, la necesidad
de un acompañante en los desplazamientos que efectúe
en transporte colectivo público.
- Se puede pedir el impreso de solicitud por teléfono al
93 223 51 51, extensión 2458.
1.2 Tarjeta Dorada de RENFE.
Las personas con discapacidad pueden obtener la Tarjeta Dorada de
RENFE, siempre que puedan justificar mediante certificado expedido
por los organismos pertinentes en cada Comunidad Autónoma,
que tienen un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
El titular de la tarjeta tiene derecho a viajar con un acompañante,
al que se le aplicarán los mismos descuentos en su billete
y que en ningún caso podrá viajar solo, sin acompañar
al titular, cuando se acoja a esta oferta.
Más
información en la web: http://www.renfe.es
2. Privado.
2.1 Microbuses adaptados con servicio “puerta a puerta”
y taxis para discapacitados en sillas de ruedas.
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